Reiteramos ante el CSD los movimientos accionariales en el Sevilla FC

La Federación de Peñas Sevillistas y Accionistas Unidos solicitan al CSD que actúe de oficio por el brusco cambio de titularidad de acciones y el hallazgo de Sevillistas Unidos 2020 SL
           
Desde el sevillismo de base, integrado por la Federación de Peñas Sevillistas “San Fernando” que representa a más de 300 peñas en los cinco continentes y Accionistas Unidos que agrupa a casi 700 accionistas minoritarios, estamos muy preocupados por la masiva y voraz compra de acciones y, sobre todo, al descubrir que junto a esta realidad hemos hallado una sociedad llamada “Sevillistas Unidos 2020 SL”, y por tanto vinculada a nuestro club, cuyas participaciones se encuentran bajo la titularidad de una sociedad offshore, no pudiéndose conocer sus integrantes.

Por esta razón, el pasado viernes 27 de julio, la Federación de Peñas Sevillistas “San Fernando” y Accionistas Unidos del SFC enviamos a la presidenta del Consejo Superior de Deportes (CSD), María José Rienda Contreras, una extenso escrito explicativo para que el CSD actúe de oficio --según las funciones derivadas de la fiscalización y control previstos en los artículos 16 y 17 del Decreto sobre Sociedades Anónimas Deportivas por remisión del artículo 22 de la Ley del Deporte-- ante la venta de millares de títulos de accionistas minoritarios a los  mayoritarios y que de esta manera cambia bruscamente el porcentaje accionarial de personas físicas y jurídicas pudiendo sobrepasar en algunos casos el 5% y por la aparición de sociedades opacas en el entorno del Sevilla FC.

Adjuntamos un cronograma recordatorio de la evolución de Sevillistas Unidos 2020 SL:

-       31 de enero de 2018 se constituye la sociedad GLOBAL KENGAI SL.

-       7 de febrero de 2018 se inscribe en el Registro Mercantil con carácter de sociedad unipersonal, siendo el titular jurídico de las participaciones o acciones de la sociedad LATORRE & ASOCIADOS CONSULTORIA SL.

-       26 de abril de 2018 la sociedad vuelve a inscribir el carácter unipersonal modificando el titular de las acciones o participaciones que  pasa a ser  la sociedad NUTMEG ACQUISITION LLC.

-       4 de marzo de 2018 aparece “NUTMEG ACQUISITION LLC”, registrada en Delaware (EEUU),  53 días antes de su aparición como titular de las participaciones de GLOBAL KENGAI SL.

-       5 de mayo de 2018 se modifica el nombre de la sociedad y pasa a llamarse TRIPLE SIETE ADQUISICIONES SL.

-       6 de junio de 2018 se produce el hecho más relevante de esta sociedad que cambia su nombre a SEVILLISTAS UNIDOS 2020 SL y se vincula claramente al Sevilla FC.

30 de julio de 2018




La callada por respuesta


El silencio mostrado por los grandes accionistas ante la propuesta de modificación de estatutos y sobre las sociedades recientemente creadas que, bajo la opacidad de un paraíso fiscal, pueden amenazar el modelo del Sevilla FC, unido a la imparable voracidad compradora de acciones de pequeños accionistas por un precio muy inferior al valor de la entidad, supone, desde este momento, la pérdida de confianza por parte de Accionistas Unidos hacia los grandes accionistas del Sevilla FC.

Por lo tanto, anunciamos que NO apoyaremos ninguna iniciativa o gestión de los grandes accionistas del Sevilla FC, mientras no suscriban la propuesta de modificación de Estatutos de la Entidad, que blinde al Sevilla FC de especuladores e inversores ajenos al Sevillismo

Pedimos al Sevillismo que se movilice y agrupe sus acciones para defender al Sevilla FC y hacer frente a movimientos societarios que pueden suponer una grave amenaza para nuestro patrimonio y nuestra estabilidad social. Es importantísimo que el Sevillismo dé valor a sus acciones estando presente en la toma de decisiones, en la Junta General, porque agrupado, el Sevillismo sigue siendo la primera fuerza accionarial del Sevilla FC, con capacidad suficiente para impedir que vendan lo que nuestros padres y abuelos construyeron, que hoy es una entidad envidiada, elevada a las alturas en los ranking europeos, con logros por los que suspirarían clubes que nos multiplican en presupuesto pero que solo, son el juguete o el capricho del especulador de turno.

EL SEVILLA NO SE VENDE. EL SEVILLISMO NO SE COMPRA.

¡¡¡VIVA EL SEVILLA FC!!!

¿QUIÉN ESTÁ DETRÁS? PARTE 2


El pasado 12 de julio poníamos en conocimiento del Sevillismo que podrían estar produciéndose movimientos societarios que resultan inquietantes para la estabilidad accionarial del Sevilla FC. En este sentido realizamos en los registros públicos las indagaciones necesarias para conocer los administradores de una sociedad que el pasado 6 de junio modificó su denominación desde la anterior TRIPLE SIETE ADQUISICIONES SL a SEVILLISTAS UNIDOS 2020 SL. Nuestra preocupación fue importante al conocer que su propietaria NUTMEG ACQUISITION LLC es una sociedad offshore creada tres meses antes en el estado de Delawere, Estados Unidos, cuya legislación permite opacidad a las sociedades allí constituidas, especialmente como es el caso de las LLC, de forma que solo exige la inscripción de un agente (apoderado o testaferro) autorizado de Delawere para su registro, con lo que los auténticos administradores de la sociedad, en general no estadounidenses ni residentes en el país, quedan ocultos.

Curiosamente el mismo día que “SEVILLISTAS UNIDOS 2020 SL” toma su denominación actual, se produce el nombramiento de tres apoderados que se unen a un apoderado solidario nombrado cinco días antes. Resulta muy poco habitual la incorporación de nada menos que cuatro apoderados a una sociedad UNIPERSONAL. Los tres incorporados el mismo día que se produjo el cambio de denominación, pertenecen a un mismo despacho de abogados: URIA MENENDEZ, uno de los principales despachos españoles que recientemente ha recibido el reconocimiento como mejor despacho europeo del año en competencia.

Por lo tanto, estamos ante una sociedad unipersonal,    SEVILLISTAS UNIDOS SL, cuyo nombre plural indica, por el contrario, que pudiera estar constituida por más de un miembro. La unipersonalidad de la sociedad viene dada por quien figura como único propietario, otra sociedad, la offshore NUTMEG ACQUISITION LLC. Es en esta sociedad creada con un mes de antelación donde, bajo la opacidad que el estado de Delawere permite a las LLC, pueden encontrarse los precursores de esta sociedad, que varios factores nos podrían indicar que se trata de tres miembros.

Por una parte, el primer cambio de denominación que adopta la sociedad tras su cambio de propietario desde LATORRE & ASOCIADOS a NUTMEG ACQUISITIONS LLC, es TRIPLE SIETE ADQUISICIONES y por otra, cuando vuelven a cambiar la denominación nos encontramos con los tres apoderados que pertenecen a la firma URIA MENENDEZ. Esto podría hacernos pensar que estamos ante tres socios, ya que, de otra forma, ¿qué sentido tiene que en una sociedad unipersonal haya tres apoderados que, al margen del apoderado solidario, tengan carácter mancomunado, si no es el que los intereses de cada uno de los socios estén representados y que las decisiones que se adopten en la sociedad tengan que ser bajo acuerdo de todos ellos?

Conocer a quien representa cada uno de los tres apoderados de Uría Menéndez esclarecería qué depara el futuro inmediato al Sevilla FC, pero es muy complicado salvar esta opacidad, y en ello trabajamos. Hace cuatro días dimos a conocer estos movimientos societarios exigiendo a los grandes accionistas del Sevilla FC que se manifestaran sobre el particular, pero transcurridos estos días sin que aún se hayan expresado sobre estas sociedades, cuando son los que mayor capital exponen, es más que preocupante para el futuro del Sevilla FC

¿Quién está detrás de Sevillistas Unidos 2020?


Tras los movimientos especulativos que están afectando la estabilidad accionarial del Sevilla FC SAD, nos llama la atención la reciente creación de la sociedad denominada “SEVILLISTAS UNIDOS 2020 SL” que inicia su actividad con el nombre de “GLOBAL KENGAI SL” el 31 de enero de 2018 y es constituida con un capital social de 3600€ el 7 de febrero de 2018. Siendo su actividad según se recogeLa tenencia, administración, adquisición y enajenación de valores mobiliarios y participaciones sociales de empresas e instrumentos financieros, respetando, en todo, la normativa de la Ley del Mercado de Valores. La prestación y gestión de servicios administrativos, de contabilidad”.  (Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil Fecha inscripción: 07/02/2018 T 37209, F 10, S 8, H M 663921, I/A 1)

Con fecha 7 de febrero de 2018 se inscribe en el Registro Mercantil con carácter de sociedad unipersonal, siendo el titular jurídico de las participaciones o acciones de la sociedad “LATORRE & ASOCIADOS CONSULTORIA SL”. Ese mismo día es nombrado D. Antonio Santiago Pérez, administrador único de la sociedad (Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha inscripción: 07/02/2018 T 37209, F 10, S 8, H M 663921, I/A 1).

El 26 de abril de 2018 la sociedad vuelve a inscribir el carácter unipersonal MODIFICANDO el titular de las acciones o participaciones que  pasa a ser  la sociedad “NUTMEG ACQUISITION LLC” Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil Fecha inscripción: 26/04/2018 T37209, F12, S8, H M 663921, I/A 2. Aparece una sociedad con esta denominación Nutmeg Acquisitions LLC, registrada en EEUU, en  Delaware con el número 6828876 que se constituye el 4 de marzo de 2018, 53 días antes de su aparición como titular de las participaciones de Global Kengai SL. Delaware es un estado de EEUU, considerado paraíso fiscal, con jurisdicción offshore donde las empresas LLC deben ser constituidas por ciudadanos no estadounidenses ni residentes permanentes. A día de hoy no es posible conocer a los administradores o apoderados de Nutmeg ya que trabaja a través de un agente “Corporation Service Company”. Una de las principales características de las denominadas LLC es su opacidad ya que no es necesario que reflejen el nombre de sus administradores

El 5 de mayo de 2018 se modifica el nombre de la sociedad, denominándose a partir de ese momento “TRIPLE SIETE ADQUISICIONES SL” (Fuente: Borme
Fecha inscripción:  09/05/2018 T 37209, F 12, S 8, H M 663921, I/A 3).

El 1 de junio de 2018 se inscribe un apoderado solidario D. Andrés Blázquez Ceballos

El 6 de junio de 2018 se produce el hecho más relevante en clave sevillista de esta sociedad; Se produce una nueva modificación del nombre de la sociedad, pasando a denominarse “SEVILLISTAS UNIDOS 2020 SL” precisamente ese mismo día son nombrados tres nuevos apoderados más, D. Pablo González Espejo García, Dña. Sara García Vázquez y Dña. Marta Giner Vincueira. (Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil. Fecha inscripción: 06/06/2018 T 37209, F 13, S 8, H M 663921)

Con todo ello estamos ante una sociedad cuyas participaciones, a día de hoy, se encuentran bajo la titularidad de una sociedad offshore y que el mismo día de la entrada de 3 nuevos apoderados, la modificación de su denominación nos indica una clara referencia al Sevilla FCSAD, por lo que sentimos una gran inquietud en cuanto a qué personas o sociedades representan estos apoderados, que mucho nos tememos pudieran ser accionistas del Sevilla FC SAD.

Accionistas Unidos presentó hace unos días, junto con la Federación de Peñas Sevillistas San Fernando, una propuesta de modificación de Estatutos con el objetivo de preservar al Sevilla FCSAD de la entrada en su accionariado de sociedades o personas ajenas al Sevillismo, la cual se puso en conocimiento de los grandes accionistas del Sevilla FCSAD, sin que a día de hoy hayamos recibido respuesta alguna.

Ante esta situación y ante el temor de que grandes accionistas del Sevilla FCSAD, hayan podido llegar a un acuerdo que modifique sustancialmente la titularidad de las acciones del Club, exigimos una inmediata respuesta pública a los accionistas del Sevilla FC SAD D. José Castro Carmona, D. Rafael Carrión Moreno, D. Roberto Alés García, D. Francisco Guijarro López, D. José María del Nido Benavente y D. José Gómez Miñán sobre si tienen ellos, alguna de sus sociedades o personas vinculadas según el art. 231 de la Ley de Sociedades de Capital, participación o relación en la sociedad “Sevillistas Unidos 2020 SL” así como en la sociedad “Nutmeg Acquisition LLC” y en caso de ser afirmativo, cual es el papel que desempeña esta sociedad.

Accionistas Unidos con carácter urgente pondrá en conocimiento del Consejo Superior de Deportes los hechos aquí descritos para que actúe en consecuencia con la Ley del Deporte sobre movimientos accionariales en las Sociedades Anónimas Deportivas, así como ante aquellas instancias que en Derecho nos asistan en defensa del Sevilla FCSAD y sus aficionados

Supercopa



Estudiamos las acciones que procedan conforme a Derecho contra la decisión arbitraria de la RFEF
Ante el comunicado emitido por el Sevilla FC confirmando el atropello contra la dignidad de nuestro Club y sus aficionados  que supone la decisión adoptada por la Real Federación Española de Fútbol, modificando en beneficio de los intereses particulares del FC Barcelona, las fechas y el formato de la Supercopa de España;

Exponemos

Que desde Accionistas Unidos estamos estudiando las acciones que proceden conforme a Derecho contra la decisión arbitraria de la Federación Española de Fútbol, decisión tomada contra los intereses del Sevilla FC y sus aficionados y en esta linea exigimos al Consejo de Administración del Sevilla FC, que actúe con la contundencia que merece la defensa de los intereses del Sevilla FC y su afición, acudiendo a las instancias que procedan, contra esta inaceptable y partidaria decisión de la RFEF que se pliega a los intereses económicos del otro finalista, por encima de la defensa de los aficionados, auténtico valor de este deporte al que esta federación debería defender. 

Por último, hacemos constar que la RFEF no ha sido eficaz, ni rigurosa, habiendo tenido tiempo más que suficiente para solventar esta situación y no crear los perjuicios que se están produciendo

MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS


La Federación de Peñas Sevillistas “San Fernando” y Accionistas Unidos acuerdan modificar los estatutos del SFC para dificultar que se especule con el club

           
Hoy 6 de julio, la Federación de Peñas Sevillistas “San
Fernando” y Accionistas Unidos del SFC hemos enviado un email, a cada uno de los accionistas mayoritarios del club, con nuestra propuesta --que es la del sevillismo de base--  de modificaciones en los Estatutos Sociales de la entidad.

El objetivo de esta nueva redacción es dificultar la venta del club, blindar el Sevilla FC ante la voracidad de capitales extraños que simplemente pretenden especular con nuestro patrimonio y proteger un modelo de gestión que aporta éxitos económicos y deportivos. Trabajamos permanentemente por un Sevilla FC de los sevillistas.


LAS MODIFICACIONES SE PRODUCEN EN TRES ARTÍCULOS

En el artículo 18 en el que actualmente se establece que la Junta General de Accionistas por acuerdo de la mayoría del capital podrá autorizar expresa y específicamente los actos de disposición o gravamen que proponga realizar el Consejo de Administración sobre los bienes inmuebles de la sociedad, es decir, en relación a posibles hipotecas o ventas del Estadio “Ramón Sánchez-Pizjuán” y de la Ciudad Deportiva “José Ramón Cisneros”.

Nuestra nueva redacción tiene como propósito aumentar al 75% el quórum necesario en primera convocatoria y al 70% en segunda convocatoria para tomar esa decisión y de esta forma evitar que un adquirente extraño o extranjero pueda disponer de nuestro estadio y de nuestra Ciudad Deportiva en el supuesto de que compre más del 50% de las acciones del club.

En el artículo 7 sobre Régimen de transmisiones de acciones redactamos un nuevo texto muchísimo más detallado, más concreto y completo para evitar dudas, errores, fraudes,....

En el artículo 8º referente a Derechos incorporados a cada acción desarrollamos una nueva redacción en la que destacamos que “el número máximo de votos que puede emitir en la Junta General de Accionistas un mismo accionista es el treinta por ciento (30%) de los votos a emitir en la Junta General de que se trate, con independencia del número de acciones del que sea titular.” El objeto es impedir que un paquete accionarial del 51% en manos de capital especulador pueda revertir nuestro actual modelo de club, enajenar el patrimonio y ubicar nuestra sede fuera de Nervión.  

Desde la Federación PS “San Fernando” y AU-SFC vamos a seguir trabajando para que la próxima Junta General Ordinaria del Sevilla FC se puedan debatir y votar estas modificaciones que fortalecen nuestra entidad y aportan mayor estabilidad al Sevilla FC.

TEXTO COMPLETO

INTRODUCCIÓN A LA MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS
           
Durante los últimos años asistimos a la compra de clubes de fútbol por inversores chinos, árabes, o de cualquier otro lugar. Frente a la vorágine de compra de acciones del Sevilla FC que estamos viviendo, la Federación de Peñas Sevillistas “San Fernando” y la Asociación “Accionistas Unidos del Sevilla FC” nos posicionamos en contra de la entrada de capital extranjero o extraño en el Club. El Sevilla FC debe ser patrimonio exclusivo de los Sevillistas.

La Federación de Peñas Sevillistas “San Fernando” y la Asociación “Accionistas Unidos del Sevilla FC” deseamos la UNIÓN del Sevillismo y asumimos la convivencia entre grandes paquetes accionariales y el mayoritario del Sevillismo de base. Al Club le ha ido bien.
Por estas razones, la Federación de Peñas Sevillistas “San Fernando” y la Asociación “Accionistas Unidos del Sevilla FC”, con la expresa voluntad de proporcionar estabilidad accionarial al Sevilla FC, y la de auspiciar la participación del accionariado de base en la toma de decisiones que afecten al carácter de la Institución, ofrecimos a los grandes accionistas firmar un PACTO POR el SEVILLA FC SAD en las reuniones que mantuvimos en el periodo comprendido entre el 6 y el 20 de marzo de 2018,  que mediante este documento ratificamos y desarrollamos, con los siguientes compromisos:

  • Modificar los Estatutos del Club con el objetivo de blindar la venta del Sevilla FC a capital extranjero o extraño. Es el momento de unirnos contra especuladores
  • Comprometernos en reforzar la estabilidad accionarial y social del Sevilla FC SAD, trabajando juntos en defensa del interés general de la Entidad
  • Defender el actual modelo de la Entidad, con capital repartido entre Sevillistas, sin dueño mayoritario. Modelo exitoso, que ha situado al Sevilla FC en el lugar más alto de su historia, y que es admirado internacionalmente
  • Proteger al Sevilla FC de inversores extranjeros o extraños, imposibilitando su incorporación al accionariado de la Entidad, si no han demostrado de forma fehaciente –al menos durante 20 años–, un compromiso estable con el Club. Al igual que el contemplado en el modelo alemán
  • Posibilitar la incorporación de más Sevillistas al accionariado, a través del procedimiento limitativo, a priori, de la libre transmisión de acciones otorgando preferencia para su adquisición a Sevillistas aún no accionistas, en primer lugar, y a accionistas, en segundo lugar, sobre terceros que de ninguna manera estén vinculados al club
Tras la celebración de las referidas reuniones en las que los grandes accionistas nos indicaron que nos contestarían a la propuesta de modificación de estatutos, sin que a la fecha se haya cumplido con dicho compromiso, la Federación de Peñas Sevillistas “San Fernando” y “Accionistas Unidos” proceden a concretar aún más la modificación de los estatutos del Club que proponen  para que se cumpla fielmente EL PACTO POR EL SEVILLA y sea firmado por el conjunto accionarial en señal de conformidad, con el siguiente contenido:

1.- Reforzar la estabilidad accionarial y social del SEVILLA FÚTBOL CLUB, SAD, trabajando juntos en defensa del interés general de la Entidad.

2.- Modificar los estatutos actuales del SEVILLA FÚTBOL CLUB, SAD, con el objetivo de blindar la venta del Sevilla FC a capital extranjero o extraño, así como la disposición de sus bienes inmuebles como el Estadio “Ramón Sánchez-Pizjuán” y la Ciudad Deportiva “José Ramón Cisneros”, al ser el momento de unirnos contra especuladores, incluso con la posibilidad de adscribir el Estadio “Ramón Sánchez-Pizjuán” y la Ciudad Deportiva “José Ramón Cisneros” a la Fundación.

Asimismo, tiene el propósito de defender el actual modelo de la entidad con capital repartido entre Sevillistas, sin dueño mayoritario, modelo exitoso, que ha situado al Sevilla FC en el lugar más alto de su historia y que es admirado internacionalmente.

Y, por último, la modificación de estatutos tiene como intención el proteger al SEVILLA FÚTBOL CLUB de inversores extranjeros o extraños, imposibilitando su incorporación al accionariado de la Entidad, si no han demostrado de forma fehaciente -al menos durante 20 años- un compromiso estable con el Club, al igual que el contemplado en el modelo alemán.

LA MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SE CONCRETA EN LOS SIGUIENTE APARTADOS:

2.1.-Modificar la parte final del tercer párrafo del Artículo 18 de los Estatutos Sociales, en el que actualmente se establece que la Junta General de Accionistas por acuerdo de la mayoría del capital podrá autorizar expresa y específicamente los actos de disposición o gravamen que proponga realizar el Consejo de Administración sobre los bienes inmuebles de la sociedad, es decir, en relación a posibles hipotecas o ventas del Estadio “Ramón Sánchez-Pizjuán” y de la Ciudad Deportiva “José Ramón Cisneros”.

La nueva redacción tiene como propósito aumentar al 75% el quórum necesario en primera convocatoria y al 70% en segunda convocatoria para tomar esa decisión y de esta forma evitar que un adquirente extraño o extranjero pueda disponer de nuestro Estadio y de nuestra Ciudad Deportiva en el supuesto de que compre más del 50% de las acciones del Sevilla, quedaría así:

“…Sin embargo, la Junta General deberá aprobar por al menos el 75% del capital social en primera convocatoria o por el 70% del capital social en segunda convocatoria cualquier acuerdo para autorizar expresa y específicamente cada uno de los actos o negocios jurídicos que se proponga realizar el Consejo de Administración de disposición o gravamen sobre los bienes inmuebles de la Sociedad, cuando el importe de tales actos o negocios jurídicos suponga más de un 10% del valor inmovilizado material, derechos reales y activos, dado que dichos bienes se consideran activo esencial en los términos del art. 160 f) de la ley de Sociedades de Capital en virtud del particular objeto y finalidad de la Sociedad Anónima Deportiva”.

“Para la modificación estatutaria de la previsión de mayoría reforzada prevista en el párrafo anterior y relativa a los bienes inmuebles de la Sociedad se requerirán las mismas mayorías previstas para la adopción de los acuerdos que regula, esto es, 75% del capital social en primera convocatoria y 70% del capital social en segunda convocatoria”.

2.2.-  Modificar el artículo 7: Régimen de transmisión de acciones, con la siguiente nueva redacción:

“La transmisión de las acciones estará sujeta al siguiente régimen:

1. La transmisión de acciones por actos “inter-vivos” se ajustará a las normas siguientes:

1.a) Si un accionista se propone transmitir inter-vivos sus acciones deberá notificarlo por escrito al Consejo de Administración, indicando el número e identificación de las acciones ofrecidas, precio de venta por acción, condiciones de pago y demás condiciones de la oferta de compra de acciones, que, en su caso, el accionista oferente alegase haber recibido de un tercero, así como los datos personales de éste.

En el caso de que el número de acciones objeto de la transmisión propuesta representen un porcentaje igual o inferior al uno por ciento (1%) del capital social, el Consejo de Administración en el plazo de treinta (30) días naturales deberá autorizar dicha transmisión o denegarla. La denegación traerá causa en el hecho de que el adquirente propuesto no sea accionista o abonado de más de 5 años de antigüedad en la entidad.

En caso de denegarla se procederá de acuerdo con los siguientes apartados, que resultarán directamente aplicables en el caso de que el número de acciones objeto de la transmisión propuesta representen un porcentaje superior al uno por ciento (1%) del capital social.

1.b) Para que la transmisión de acciones sea válida y puedan ser inscritas en el Libro Registro de Acciones Nominativas, tendrá que someterse al siguiente procedimiento:

El Consejo de Administración deberá autorizar su enajenación entre quienes reúnan los siguientes requisitos y se hayan inscrito como demandantes de acciones en el registro que a tal efecto llevará la entidad con los siguientes apartados, procediendo a comunicar la oferta de acciones a dichos demandantes para que dentro de cuatro plazos sucesivos de diez (10) días naturales y con la prelación que a continuación se establece, comuniquen a dicho órgano su deseo de adquirirlas: 
  1. Abonados (no accionistas) de más de 10 años de antigüedad
  2. Abonados (no accionistas) de entre 5 y 10 años de antigüedad
  3. Accionistas cuya titularidad de acciones sea igual o inferior al 1% del total
  4. Resto de accionistas

A estos efectos, se entiende por abonados aquellas personas que adquieren el carnet que permite asistir en cada temporada a los partidos que el SEVILLA FC celebre en sus instalaciones, constando así en los archivos de la entidad.

En el supuesto de que haya exceso de abonados demandantes de acciones (grupos 1º y 2º), se distribuirán las acciones por orden de antigüedad. 

En el supuesto de que varios accionistas (grupos 3º y 4º) hicieren uso de este derecho de adquisición preferente, las acciones en venta se distribuirán a prorrata por el Consejo de Administración entre aquellos que se encuentren en la misma situación y antigüedad.

En el plazo de quince (15) días naturales, contados a partir del siguiente en que expire los sucesivos de diez (10) concedidos para el ejercicio del derecho de adquisición preferente, el Consejo de Administración comunicará al accionista que pretenda transmitir el nombre de los que desean adquirirlas.

Transcurrido el último plazo sin que se realicen ofertas suficientes para cubrir la totalidad de las acciones ofrecidas por la vía del derecho de adquisición preferente, el accionista podrá disponer libremente de las acciones en un plazo de seis (6) meses en las mismas condiciones que las que haya ofrecido, y si no llevare a cabo la enajenación antes de finalizado este plazo, deberá comunicar de nuevo su deseo de transmitir inter-vivos las acciones en la misma forma establecida en este artículo.

El precio de la acción será el indicado por el accionista oferente en la comunicación al club prevista en el párrafo 1º del apartado 1.a) del presente artículo. En caso de no existir oferta concreta o de ser la misma manifiestamente desproporcionada en el precio de adquisición y a falta de acuerdo sobre el mismo, el precio será el que corresponda al valor razonable de la acción, entendiéndose como tal el que determine un auditor de cuentas, distinto al auditor de la Sociedad, designado al efecto por la Junta General.

1.c) Lo dispuesto para el caso de enajenación voluntaria de acciones no será de aplicación en los supuestos de embargo, ejecución, enajenación o adjudicación forzosa de acciones, ni en las transmisiones mortis causa que se regularán conforme a las previsiones de la Ley de Sociedades de Capital.

1.d) En cualquier caso, será libre la transmisión de acciones entre cónyuges, descendientes y ascendientes, siempre que dicha transmisión no supere el 0,5% del capital social de la entidad.

2. Toda transmisión que no se ajuste a lo establecido en las normas de este artículo será ineficaz frente a la sociedad.

3.- Para que una persona física o jurídica, directa o indirectamente, pueda adquirir un porcentaje de control en el accionariado del SEVILLA FÚTBOL CLUB, SAD, identificándose éste como un 5% o múltiplos de esta cifra, debe acreditar su vinculación mediante su condición de abonado, conforme a la definición establecida en el apartado 1.b) de este artículo, o demostrar su patrocinio a la entidad a través de las aportaciones correspondientes, durante un mínimo de veinte años en ambos casos.

4. Notificación a la Sociedad.

La adquisición de acciones, sea cual fuere el título de adquisición, deberá ser comunicada a la Sociedad por el transmitente y adquirente, indicando el nombre o denominación social, apellidos, estado, nacionalidad y domicilio del nuevo accionista, número de acciones que se transmiten y en su caso, serie, precio y demás condiciones que hayan establecido, junto a la declaración expresa por el nuevo accionista de no hallarse comprendido en alguno de los supuestos de prohibición en cuanto a la capacidad de ser accionista, y de respetar las limitaciones en  cuanto a la titularidad de acciones, establecidas en el artículo 22 de la Ley del Deporte y en los artículos 10 a 16 del Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, por el que se regula el Régimen Jurídico de las Sociedades Anónimas Deportivas. Sin cumplir estos requisitos, el accionista no podrá pretender el ejercicio de los derechos que como accionista le corresponden en la Sociedad”.

2.3.- Modificar el artículo 8º de los Estatutos Sociales: Derechos incorporados a cada Acción, con la siguiente nueva redacción:

“Cada acción, además de representar una parte alícuota del capital social, confiere a su legítimo titular el derecho a participar en el reparto de las ganancias sociales y en el patrimonio resultante de la liquidación, el derecho de suscripción preferente en la emisión de nuevas acciones (y de obligaciones convertibles en acciones), el derecho de asistir y votar en las Juntas Generales, y el de impugnar los acuerdos sociales y el derecho de información. Cada acción confiere a su titular el derecho a un voto.

No obstante lo anterior, el número máximo de votos que puede emitir en la Junta General de Accionistas un mismo accionista es el treinta por ciento (30%) de los votos a emitir en la Junta General de que se trate, con independencia del número de acciones del que sea titular.

La limitación establecida en los párrafos anteriores será también de aplicación al número de votos que, como máximo, podrán emitir, conjuntamente o por separado, dos o más sociedades accionistas pertenecientes a un mismo grupo de entidades; una persona física o jurídica accionista y la entidad o entidades, también accionistas, que aquélla controle directa o indirectamente.

A los efectos señalados en el párrafo anterior, para considerar la existencia de un grupo de entidades, así como las situaciones de control antes indicadas, se estará a lo dispuesto en el artículo 42 del Código de Comercio.

Sin perjuicio de las limitaciones del derecho de voto descritas anteriormente, todas las acciones concurrentes a la Junta computarán para la determinación del quórum de asistencia en la constitución de la Junta, sin perjuicio de que en el momento de las votaciones se aplique a estas acciones el límite del treinta por ciento (30%) establecido en el presente artículo.

Asimismo los titulares de acciones tendrán derecho a reserva de abonos temporales, precios especiales en las entradas para asistir a los espectáculos que organice la Sociedad, y a que se respete su antigüedad como socio o abonado en las listas que al efecto se confeccionen”.

En  Sevilla, a cinco de julio de 2018

Abonos temporada 18/19


Logramos un avance en abonos más sociales y seguiremos trabajando por conseguirlos más justos

El pasado 6 de junio, Accionistas Unidos y la Federación de Peñas “San Fernando” se reunieron durante más de dos horas con el Consejo de Administración del Sevilla FC para debatir en profundidad sobre el precio de los abonos y el carné de simpatizante como quedamos el 30 de noviembre de 2017. Sobre los abonos para la temporada 2018/2019 manifestamos lo siguiente:

La solidaridad es muy necesaria en un cuerpo social tan amplio como el del Sevilla FC y por ello trabajamos en conseguir abonos justos para el total de los abonados del SFC. El Consejo de Administración ha dado un paso a favor de nuestras demandas rebajando el precio de los abonos, bonificando a los mayores de 70 años, subiendo la edad de infantil hasta los 16 años y creando un carné de simpatizante con precios entre 20 y 30 euros. Seguiremos trabajando en conseguir abonos sociales para los sevillistas que pasan por dificultades económicas y que por su profundo sentimiento sevillista desean continuar con el carné. Desde nuestro trabajo edificante, en favor del Sevilla FC, hemos aportado una serie de propuestas pensando en nuestra afición.

Hemos conseguido ampliar en dos años el carné del menor hasta los 16 años y la bonificación para los mayores de 70 años. El club ha aceptado nuestra propuesta del carné solamente para la Liga pensando en los menores que no pueden ir a los partidos inter semanales de UEFA y Copa (entendemos mejor que este abono fuese de 17 partidos, sabiendo que suele haber dos partidos de Liga en días de colegio).

Elaboramos hace meses una propuesta de carné de simpatizante y entendemos que hemos conseguido que se desarrolle un carné de simpatizante con precios asequibles que van desde los 20 a 30 euros. Aunque creemos que son incompletos los beneficios y esperamos más detalles en la presentación de los abonos.

Por otro lado, no hemos conseguido la bonificación para el carné de estudiante, para el tramo de edad comprendido desde los 17 años hasta la finalización de los estudios universitarios. Ni hemos convencido al consejo de la necesidad de bonificar a los abonados desempleados. Tampoco la bonificación a las familias numerosas en Gol Norte y Sur, ante la inexistencia del pack familiar. Nuestra propuesta ha sido un 3x2. Abonan dos menores y el tercero es bonificado al 100%. No hemos logrado que se reubique a la afición visitante en el sector P44 en Tribuna Alta Cubierta de Preferencia.

AU-SFC y FPS “San Fernando” tenemos una sensación agridulce porque valoramos bien el acercamiento a nuestras demandas por parte del club en la “Campaña Renovación Abonos 2018/19”, aunque todavía faltan medidas para conseguir unos abonos más justos para todo el sevillismo.

13 de junio de 2018

Responsabilidad y Estabilidad


Solicitamos responsabilidad y altura de miras
para generar la estabilidad necesaria


Ante los acontecimientos producidos por el resultado en la Final del Campeonato de España que han generado un inflexión en la temporada 2017/18, Accionistas Unidos del Sevilla FC manifiesta que:



DESESTABILIZACIÓN
Desde julio pasado, Accionistas Unidos viene advirtiendo a los accionistas mayoritarios y a los minoritarios que el enfrentamiento entre los grupos accionariales más fuertes ha generado una desestabilización nefasta para el club y que ha llegado al terreno de juego. Solicitamos responsabilidad y altura de miras para que el diálogo y el encuentro de todas las partes aporten la serenidad necesaria para conseguir remontar esta situación.

Nosotros vamos a seguir trabajando, hablando y sumando la voluntad de los accionistas minoritarios para que agrupen con AU-SFC, ya somos más de 600 accionistas unidos por y para el Sevilla FC. Nuestro esfuerzo es por interés general de la entidad, la defensa de la AFICIÓN, el ESCUDO y la BANDERA y la optimización de los recursos del club.


PROTECCIÓN DE LA DIGNIDAD
El sevillismo habló alto y claro el sábado 21 en uno de los momentos más difíciles de esta etapa del Sevilla FC, gritando al unísono ¡El Sevilla somos nosotros!, exigimos al Consejo iniciativas para proteger la dignidad de la AFICIÓN, el ESCUDO y la BANDERA con decisiones que aporten fortaleza y unidad a la entidad para salir todos juntos de esta crisis.

En Sevilla a 24 de abril de 2018

¿Cómo tributa la venta de acciones del Sevilla FC?

La ganancia obtenida en la venta de acciones del Sevilla FC tributan en el IRPF  por la diferencia entre el precio de venta (¿?) y el de compra (60 €). 

Por lo general, el tipo impositivo se encuentra comprendido entre el 19% y el 23%, lo que significa que Hacienda se llevará alrededor del 20% del importe recibido. A efectos de tributación, el valor mínimo de venta es el valor contable, es decir, 750 €, salvo prueba de que el valor en el mercado sea inferior, cosa harto difícil.

A las acciones adquiridas en la constitución como SAD en 1992 se les aplica un régimen fiscal especial que reduce el tipo efectivo de tributación del 20% al 16% aproximadamente.

La Federación de Peñas Sevillistas “San Fernando” y Accionistas Unidos acuerdan el Pacto por el Sevilla FC

El Sevilla FC está en peligro de cambiar su rumbo definitivamente. Durante 128 años nuestro club ha estado en manos de los sevillistas, especialmente hasta 1992 momento en el que se inician las muy negativas SAD (Sociedades Anónimas Deportivas) para el deporte y para los aficionados. Desde hace unos años, los éxitos internacionales del club han dado un valor a sus acciones por encima de los 2.500 € para la consultora KPGM.
Conocemos por fuentes directas de muchas peñas, accionistas y sevillistas de toda la provincia que hay muchísimos sevillistas a los que se está molestando e importunando –saltándose la Ley de Protección de Datos- para comprar los títulos. En la compra-venta no hay transparencia porque el comprador no está firmando las compras y se están pagando alrededor de 1.000 € por la acción que muy posiblemente posteriormente se revenderán a capital extranjero a 3.500 €
Nuestro Sevilla FC, el de toda la vida, el que nos ha llevado a innumerables finales está a punto de extinguirse con el modelo actual y pasar a manos de especuladores que lo administrarán como una empresa más, sin sentimiento, sin pasión, sin sevillismo, ...
Por estos motivos, además de otros muchos, y para proporcionar estabilidad accionarial y auspiciar la participación del accionariado de base en la toma de decisiones que afecten al club, las juntas directivas de la FPS “San Fernando” y Accionistas Unidos acuerdan el Pacto por el Sevilla FC con un preámbulo que detalla la situación actual y cuatro compromisos claves para mantener el SFC de los sevillistas, a saber:
  • Modificar los Estatutos del Club con el objetivo de blindar la venta del Sevilla FC a capital extranjero o extraño. La gravedad de los hechos vividos por numerosos accionistas del Sevilla FC SAD, vulnerándose el derecho a la privacidad de sus datos personales, al recibir llamadas o visitas domiciliarias de personas desconocidas, realizándoles oferta de adquisición de sus acciones, demanda la necesidad de blindar al Club. Es el momento de unirnos contra especuladores.
  • Comprometernos en reforzar la estabilidad accionarial y social del Sevilla FC SAD, trabajando juntos en defensa del interés general de la Entidad
  • Defender el actual modelo de la Entidad, con capital repartido entre Sevillistas, sin dueño mayoritario. Modelo exitoso, que ha situado al Sevilla FC en el lugar más alto de su historia, y que es admirado internacionalmente.
  • Proteger al Sevilla FC de inversores extranjeros o extraños, imposibilitando su incorporación al accionariado de la Entidad, si no han demostrado de forma fehaciente –al menos durante 20 años–, un compromiso estable con el Club. Al igual que el contemplado en el modelo alemán
En Sevilla a 22 de marzo de 2018

El hombre de la puerta 29


El Sevilla Fútbol Club vive institucionalmente tiempos convulsos: Denuncias ente la Fiscalía; dimisiones en el Consejo; filtración de datos del Registro de Accionistas; exacerbados intentos de compra de acciones para incrementar sus paquetes los más poderosos; despido de empleado por deslealtad; etc.

Los medios de comunicación, ávidos de obtener cualquier comentario más o menos relevante y contrastado al respecto, publican escuálidas líneas de información para dar la primicia a sus lectores / oyentes. Algunos, casi en tonalidad amarillenta. En ese mar por el que navegan, han olvidado anotar en su cuaderno de bitácora, esa particular ínsula Barataria del sevillismo, donde solamente habita más del 90% de sus accionistas.

Sí, esos en los que está pensando. Esos que cuando el Club les necesitó, no dudaron. Esos que compraron, con mucha dificultad la mayoría, la porción que podían. Ninguno con ánimo de lucro inversor. Para ellos ni una línea, y menos, un titular. No venden, no interesan. Las cuitas entre los poderosos, sí.

En los últimos días, con esto de la tramitación del reparto de dividendos, y mi consiguiente visita al Estadio, emergió la figura del hombre de la puerta 29. Tarde gélida con viento fuerte, y cayendo chuzos de punta. Escenario alejado de Sevilla, pero tan real como las 5 UEL que lustran nuestro palmarés.

Bajo los soportales me abordó con amabilidad, entregándome un documento de agrupación, y pidiéndome que estudiara unirme a Accionistas Unidos.

Le veo a menudo junto a la puerta 29. Nos saludamos, conversamos, vamos haciendo relación, y no deja de sorprenderte su figura cada día. Él no es un accionista más. Es un accionista relevante en el Libro de Accionistas del Club, y ahí está, a diario. Defendiendo y alentando a los que por allí pasamos, a que no facilitemos la llegada de grupos inversores, y nos agrupemos para evitarlo.

Desde el Consejo se pretende ignorar su presencia junto a la puerta 29. Llego a pensar, que hasta incomoda. Desde los coches los consejeros y empleados le miran de reojo. Ni una visita, ni un saludo.

Anoche me contaba que ya había conversado e informado a más de 300 accionistas. Sin incomodar a accionistas llamando a sus teléfonos, visitando sus domicilios, colocando anuncios en prensa, y mucho menos, ofreciendo dinero como están haciendo los poderosos. Allí, solo, junto a la puerta 29.

Poco antes de despedirnos me dijo frases que me quedaron grabadas “… Si al final nos quitan nuestro Sevilla, mi conciencia estará tranquila. Hice todo lo que pude.”; “… Esta no es una lucha entre poderosos buenos y poderosos malos, no perdamos el norte. Es una lucha entre los que van a vender, y los que no vamos a vender.”

Ante tan admirable e impresionante labor de este sevillista ejemplar, que siente su pasión hasta límites inescrutables, no tuve dudas –igual que en 1992 o 1998 cuando el Club me pidió ayuda–, me agrupé a Accionistas Unidos.

¡Conózcanle! ¡visítenle!… Sevillismo incondicional a “jierro”.

Pepe Arjona, socio y accionista del Sevilla F.C.

PRECIO Y VALOR DE UNA ACCIÓN DEL SEVILLA FC



De un tiempo a esta parte los pequeños accionistas del Sevilla FC estamos tomando conciencia del tesoro que tenemos en nuestro poder. Y es que, más allá del gran valor subjetivo que para cada sevillista supone ser co-propietario del club de sus amores, somos poseedores de un activo real, ya que somos dueños de una pequeña parte de una gran empresa que compite con éxito en un mercado mundial que no para de crecer como es el fútbol profesional.

El Sevilla FC es una máquina de crear valor para sus accionistas. En los últimos diez años, coincidiendo con los mayores triunfos deportivos de nuestra historia, su exitoso modelo de negocio ha provocado que sus beneficios, su cifra de negocios y el cash no hayan parado de subir y la deuda no haya parado de bajar, lo que ha causado un incremento espectacular del patrimonio neto del club y por tanto del valor de sus acciones.

Vamos a explicar de forma sencilla qué es precio y qué es valor en el mundo de las finanzas, para lo cual necesitamos conocer a aquel que quiere ser invitado al baile: El inversor. Un inversor tiene un único objetivo: maximizar la rentabilidad de sus inversiones. Y eso lo consigue comprando barato hoy para vender caro mañana. El inversor profesional busca compañías de gran calidad, bien gestionadas, con un modelo de negocio de probado éxito, sin deuda, con ventajas competitivas, capaces de generar cash,… pero sobre todo, baratas ¡!

Para un accionista que quiere vender, precio es lo que te pagan hoy por tus acciones, valor es lo que valen realmente. La diferencia entre precio y valor es la expectativa de ganancia del inversor y que nunca percibirá el accionista que vende. El precio es un valor transaccional en un momento determinado por acuerdo entre las partes. El valor es resultado de un profundo análisis económico que determina un precio final objetivo. El inversor busca aprovechar las ineficiencias a corto plazo entre precio y valor.

Si ya entendemos que no es lo mismo precio y valor. Ahora la pregunta es, ¿Cuál es hoy, el precio y el valor de una acción del Sevilla FC?

El precio hoy: lo que ofrece el mercado. Se dice que han llegado ofertas de hasta 800 € por acción. Es decir, valora el club en más de ochentaa millones €. Ahora bien, tengamos en cuenta que el 45% de ese valor es lo que tiene en Cash! o que supone un PER menor a 2 veces! o el 57% de su cifra de negocios! (cuentas anuales cerradas a 30/06/17)….

El valor hoy: valor intrínseco real. Según expertos independientes la valoración del club está en 261 millones €, es decir a 2.522 €/acción. Ahora bien, según Transfermark tan solo el valor de mercado de la plantilla actual asciende a 272 millones de €. Súmale lo que tiene en Cash, más el valor de mercado de su activo inmobiliario, que no tiene deuda neta, etc.…
Me gustaría terminar con una cita mítica desde el punto de vista inversor que corrobora todo lo anterior. El “Oráculo de Obama” Warren Buffett, el más famoso inversor de la historia y una de las grandes fortunas mundiales en la actualidad, lo tiene claro:

PRECIO ES LO QUE PAGAS, VALOR LO QUE RECIBES”

Jaime Muñoz. Socio y accionista SevillaFC

Modificación de Estatutos

Modificación de los estatutos del SFC con el 

objetivo de blindar la venta

"PACTO POR EL SEVILLA FC"


El pasado 15 de febrero la Junta Directiva de Accionistas Unidos acordó realizar una ronda de reuniones con la Federación de Peñas y los accionistas mayoritarios para:
  • Modificar los estatutos del club con el objetivo de blindar la venta del Sevilla FC a capital extranjero o extraño. La gravedad de los hechos en que numerosos accionistas del Sevilla FC SAD están viendo vulnerado su derecho a la privacidad de sus datos al haber recibido llamadas a sus teléfonos o visitas en su domicilios por parte de personas, desconocidas y fuera de su entorno social, que les están realizando ofertas para adquirir sus acciones es una clara muestra de la necesidad de blindar el club ante personas sin escrúpulos y que desconocemos los planes de futuro que tienen para la entidad. Es el momento de unirse para blindar el Sevilla FC de especuladores.
  • Firmar el “PACTO POR EL SEVILLA FC” con la voluntad de proporcionar estabilidad accionarial al Sevilla FC y la participación del accionariado de base en la toma de decisiones que afecten al carácter de la institución, constando de los siguientes puntos:
    • Comprometernos en reforzar la estabilidad accionarial y social del Sevilla FC SAD para trabajar juntos en la defensa del interés general de la entidad.
    • Defender los actuales modelos de entidad, con un capital repartido entre Sevillistas sin dueño mayoritario, y de gestión del Club que ha reportado tantos éxitos y que ha puesto al SFC en el lugar más alto de su historia. Modelo que es admirado internacionalmente.
    • Proteger al Sevilla FC de inversores extranjeros o extraños, imposibilitando su incorporación al accionariado de la entidad, si no han demostrado de forma fehaciente, al menos durante 20 años, un compromiso estable con el club, al igual que el modelo alemán.

AU-SFC hace un llamamiento a los accionistas minoritarios para que le den el máximo valor a su acción y no vendan su SENTIMIENTO. Desde AU-SFC vamos a seguir trabajando por la UNIÓN entre los sevillistas para dar siempre estabilidad al SEVILLA FC cuando lo necesite.

23 de febrero de 2018
ACCIONISTAS UNIDOS del SEVILLA FÚTBOL CLUB
C/. Antonio Puerta nº 8  (Peña Sevillista "Al Relente") 41005 SEVILLA